jueves, 7 de mayo de 2009

Vacíos en la Ley motiva que mujeres desistan del proceso

Defensoría denuncia alta impunidad

en casos de hostigamiento sexual

*Estudio efectuado por la Defensoría con denuncias conocidas en el 2008 reflejan que un 40% de casos fueron absueltos.

*Defensoría considera que Costa Rica avanzaría en la lucha contra la impunidad en estos hechos si aprueba una reforma en la ley que está pendiente en la Asamblea Legislativa.


La Defensoría de los Habitantes denunció hoy que un 40 por ciento de los casos cerrados en el 2008 por hostigamiento sexual en instituciones públicas del país quedan impunes debido a portillos que tiene la actual ley que propicia que estas mujeres desistan de continuar con el proceso por no encontrar respuesta a sus necesidades, o por existir debilidades en las herramientas que posee la administración para efectuar las investigaciones.


El año pasado, de los 87 casos donde a lo interno de cada institución se dio un proceso de investigación a partir de una denuncia, un total de 34 fueron declarados absueltos ya sea por el calvario que le significa a las denunciantes aportar prueba directa a la testimonial, porque no se les considera parte del proceso, falta de aplicación de las medidas cautelares, por errónea aplicación de la figura de la prescripción y los plazos para finalizar el procedimiento y por la utilización de la conciliación.


El estudio también arrojó otros datos importantes como son que el 34% de los casos tuvieron una sanción de suspensión del trabajo entre uno y siete días; el 15% resultaron con despidos contra la persona denunciada; un 8% fueron archivados; un 2% con amonestación escrita y un 1% con amonestación verbal.


La Defensoría sostiene que el país debe avanzar, a la mayor brevedad, hacia una reforma en la legislación contra el acoso sexual en los centros de trabajo y de estudio, con el propósito de generar una verdadera lucha contra la impunidad en estos hechos. Para tal efecto, se espera que dicho cambio normativo, el cual se encuentra en la actualidad pendiente en la Asamblea Legislativa, se efectúe sin dilaciones.


Reformas por las que aboga la Defensoría para superar debilidades


- Principios que informan el proceso

El procedimiento de investigación de lo casos de hostigamiento sexual no es de naturaleza judicial, ni administrativo, ni laboral estrictamente, sino que está caracterizado por una serie de principios rectores que les son propios, dado la especificidad del hecho. Por esta razón deben explicitarse el cúmulo de principios específicos que caracterizan el procedimiento para investigar y sancionar el hostigamiento sexual, tales como el principio pro víctima, con inversión de la carga de la prueba y la confidencialidad.


- La conciliación

La Ley no establece tácitamente la figura de la conciliación durante el proceso administrativo; sin embargo, es una figura muy utilizada para resolver de una manera simple los procedimientos, en la mayoría de los procesos de conciliación, la víctima termina desistiendo, prevaleciendo la impunidad y con ello una doble victimización en contra de quien puso la denuncia en tanto tuvo que retractarse de sus afirmaciones iniciales, por tanto debe prohibirse expresamente esta posibilidad.


- La prescripción y plazo para finalizar el procedimiento

En cuanto a la prescripción, es criterio de la Defensoría que no puede aplicarse en contra de los intereses de la parte más débil y en detrimento de la posibilidad de defensa de los derechos de las personas, sobre todo cuando el transcurso del tiempo se debe a hechos no imputables a las partes, principalmente a las y los denunciantes. Debe especificarse el plazo de prescripción para estos casos, y diferenciarlo claramente del plazo para concluir la investigación que tiene carácter ordenatorio.


-Rol del Ministerio de Trabajo en los casos en el sector privado.-

El Ministerio de Trabajo ha mostrado en estos doce años de vigencia de la Ley, debilidad en la investigación y seguimiento a las denuncias presentadas por hechos presentados en el sector privado, razón por la cual deben definirse con mayor claridad sus competencias, sobre todo cuando se trata de empresas en las que sólo existe una persona trabajadora.


-Situación de las trabajadoras domésticas

Este grupo de personas trabajadoras, en su mayoría mujeres, al convivir en la casa del patrono, ven restringidas la interposición de denuncias por miedo a las represalias se, razón por la cual deben identificarse algunas medidas particulares para este grupo poblacional.


Oficina de Prensa

Defensoría de los Habitantes

24-04-2009


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